sábado, 31 de enero de 2009

El Ante Proyecto de la Nueva Ley de Extranjería Sigue Patrocinando la Permisividad con la Inmigración

Aunque los principales medios de comunicación españoles guardan silencio sobre la repercusión negativa que inmigración va a tener en la crisis, en Europa los analistas no se andan con melindres políticamente correctos, Jeff Randal en The Daily Telegraph señala que “A la preocupación de Madrid se suma la extraordinaria llegada de 5 millones de inmigrantes, que han elevado la población en un 15% entre 1998 y el año pasado. Siempre se había dado por hecho que en tiempos difíciles regresarían a sus casas, pero …” pero como siempre advertíamos en MD, frente a los alegres análisis de las fundaciones de la banca, que veían todo positivo en la inmigración masiva en época de vacas gordas, algún día llegaran las vacas flacas y entonces todo que era positivo se tornara en negativo para nuestra economía.


La nueva Ley de Extranjería contemplará que las víctimas de violencia de género extranjeras obtengan permisos de residencia temporal, lo que puede abrir, si no se acompaña de medios para comprobar pormenorizadamente la realidad de la situación de maltrato, las puertas a un fraude masivo, como sucede en muchos casos con los matrimonios de conveniencia o el mercado negro laboral. Al menos se reconoce implícitamente el choque cultural que produce la inmigración, al considerar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres como un principio rector de la política migratoria y como un elemento esencial para contribuir a la integración social de los inmigrantes.

La reforma atenderá la posibilidad de obtención de la autorización de trabajo en los casos de reagrupación familiar. Sin embargo se había anunciado que a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, la posibilidad de la reagrupación quedará restringida a quienes lleven más de cinco años en el país y tengan, por tanto, autorización de residencia permanente. Estos inmigrantes sólo podrán traer a sus familiares a España siempre que tengan más de 65 años, (por tanto fuera de edad laboral) estén a su cargo y “existan razones que lo justifiquen” La reforma ya contemplaba que los cónyuges que consigan el permiso para la reagrupación tendrán las mismas condiciones que sus reagrupantes y todos los mayores de 16 años que puedan venir a España recibirán el permiso de trabajo inicial.

Simbólica la ampliación del plazo de retención de inmigrantes, que ahora está en 40, y pasara a ser de 60 días. Para 2009, en teoría, no se rían, el contingente de trabajadores extranjeros que podrá entrar en España para trabajar el año que viene se reduce tan solo a 901 personas. Eso sí el gobierno elimina la moratoria que pesa sobre los ciudadanos búlgaros y rumanos desde su adhesión a la UE, que les impone restricciones para trabajar por cuenta ajena en España, y que ahora podrán venir libremente a nuestro país.

VIA - minutodigital.com
imagen netcom.es

sábado, 24 de enero de 2009

Recursos para Tiempos de Crisis: Como Aplazar el Pago Del 50% de tu Hipoteca

Una de las principales preocupaciones de las personas que se encuentran en el paro así como de otros colectivos en situación desfavorecida y con limitaciones económicas, es el hecho de afrontar mensualmente el pago de la hipoteca. Afortunadamente existen una serie de recursos de los que podemos aprovechar para sobrellevar de alguna manera el pago mensual de nuestra hipoteca. Esta semana os traigo información de la Web del Instituto de Crédito Oficial, entidad adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda y responsable de aplicar esta medida anunciada por el gobierno en la presentación de su paquete de medidas anticrisis. Un saludo.

Línea ICO - Moratoria Hipotecaria

CARACTERÍSTICAS
Recursos disponibles


Esta línea cuenta con una dotación máxima de 6.000 millones de euros.

Recursos para Tiempos de Crisis: Como Aplazar el Pago Del 50% de tu Hipoteca

Vigencia

Desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha de finalización indicada.

Finalidad

La línea tiene como objetivo el aplazamiento temporal y parcial en la obligación de pago del 50% del importe de las cuotas hipotecarias de los años 2009 y 2010 con un máximo de 500 euros mensuales, a favor de determinados colectivos, titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual que haya sido suscrita antes de 1 de septiembre de 2008 y que no se encuentre en situación de mora. El aplazamiento se instrumentará a través de un contrato firmado entre el cliente y la entidad de crédito.

Clientes

Podrán ser CLIENTES los titulares de hipotecas que, con anterioridad a 1 de Enero de 2010, reúnan, al menos una de las siguientes condiciones:
1. Ser trabajador por cuenta ajena en situación legal de desempleo y encontrarse en esta situación, al menos, durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud, así como tener derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.
2. Ser trabajador por cuenta propia que se haya visto obligado a cesar en su actividad económica, manteniéndose en esa situación de cese durante un periodo mínimo de tres meses. 3. Ser trabajador por cuenta propia que acredite ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), durante al menos, tres mensualidades.
4. Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, en fecha posterior al 1 de Septiembre de 2008.

En todo caso, será requisito imprescindible para poder acogerse a la medida que el deudor no se encuentre en mora.

Acreditación de condiciones subjetivas

La existencia de las condiciones subjetivas señaladas en el punto anterior se acreditará por los titulares mediante la presentación ante la entidad de crédito de los siguientes documentos, según corresponda:

* En caso de situación legal de desempleo, mediante certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
* En cuanto al cese de actividad de trabajadores por cuenta propia mediante el certificado que expida la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
* En caso de trabajadores por cuenta propia con ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del IPREM, mediante certificado de la declaración responsable efectuada por el trabajador ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
* En el caso de viudedad, mediante certificado expedido por el correspondiente organismo de la Seguridad Social.

Importe máximo de la hipoteca

Podrán acceder a esta línea los titulares de préstamos hipotecarios con un importe inicial formalizado inferior a 170.000 euros.

Importe máximo de financiación por cliente

Hasta 12.000 euros

Plazo de amortización

Los plazos de amortización del importe aplazado comenzarán en Enero de 2011 y podrán ser de 3, 5, 7 ó 10 años, debiendo tenerse en cuenta que el plazo de vencimiento del crédito hipotecario, en ningún caso podrá ser inferior al plazo a formalizar en el contrato de aplazamiento.

Tipo de interés

El tipo de interés para el cliente será variable, referencia ICO + 0,80%.

Cancelación anticipada voluntaria

Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación, sin que la misma implique penalización alguna para el cliente.

Tramitación

Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.

Documentación

El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.

Garantías
La entidad de crédito no podrá exigir garantías al cliente.

DÓNDE SOLICITAR EL PRÉSTAMO

Listado de Entidades de Crédito adheridas a la Línea ICO-Moratoria-Hipotecaria. Actualizado 22 de enero de 2009

BBVA
CAJA DE AHORROS DE LA RIOJA
BANCA MARCH, S.A.
CAJA RURAL DE CIUDAD REAL,
SCC. BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL, S.A.
CAJA DE AH. Y M.P. DE LAS BALEARES,
CAJA DE BALEARES "SA NOSTRA"
CAJA GENERAL DE AHORROS DE CANARIAS
BANCA PUEYO, S.A.
CAJA DE AH. DE SANTANDER Y CANTABRIA
CAJA RURAL DE ARAGÓN,SCC.
CAJA RURAL DEL SUR, SCC.
CAJASIETE, CAJA RURAL, SCC.
CAJA RURAL ARAGONESA Y DE LOS PIRINEOS - MULTICAJA
CAJAMAR CAJARURAL, SCC.
CAJA RURAL DE TERUEL, SCC.
BANCO DE VALENCIA, S.A.
CAIXA D'ESTALVIS COMARCAL DE MANLLEU
IPAR KUTXA RURAL, SCC.
CAJA INSULAR DE AH. DE CANARIAS
CAIXA DE AFORROS DE VIGO, OURENSE E PONTEVEDRA-CAIXANOVA
BANCO GUIPUZCOANO, S.A.
CAJASOL BANKOA, S.A.
CAJA DE AH. DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA
CAIXA D'ESTALVIS DE MANRESA
UNICAJA
CAJA DE AH. Y PENSIONES DE BARCELONA - LA CAIXA
CAJA DE AH.DE GALICIA-CAIXA GALICIA
CAJA RURAL DE NAVARRA, SCC.
BANCO DE SABADELL, S.A.
CAIXA D'ESTALVIS DEL PENEDES
CAJA RURAL DE ZAMORA,
COOP.DE CREDITO CAJA RURAL DE EXTREMADURA
CAIXA RURAL TORRENT, COOP.VALENCIANAS
CAJA RURAL CENTRAL, SCC.
CAJA DE AHORROS DE VITORIA Y ALAVA-CAJA VITAL KUTXA
CAJA DE AHORROS DE MURCIA
BANCO PASTOR, S.A.
BANCO CAIXA GERAL,S.A.
CAJA RURAL DE CANARIAS
CAJA RURAL DE JAEN,BARCELONA Y MADRID,SCC.
CAJA RURAL DE GRANADA, SCC.
CAJA RURAL DE BURGOS
CAIXA D'ESTALVIS DE TARRAGONA
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE NAVARRA
CAIXA D'ESTALVIS LAIETANA
CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES
CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO
BBK
CAJA GRANADA
CAJA DE AHORROS DE ONTINYENT
CAJAMADRID
CAJA RURAL DE ASTURIAS
CAJA DE AVILA

VIA - ICO.ES
Imagen: elEconomista.es

sábado, 17 de enero de 2009

Subsidio al Desempleo, Una Forma de Seguir Cobrando el Paro

Para los que me preguntasteis si existen formas de seguir cobrando el paro a pesar de haber agotado la prestación inicial, os traigo una nota extraída de la Web del INEM. En líneas generales veréis que existen varias modalidades y entre ellas, aquella que se presenta cuando no se ha podido cubrir el periodo mínimo de prestación. Para todo efecto os invito a visitar la Web en donde podréis encontrar mayor información y hacer vuestra solicitud en línea. Un saludo.

Ha terminado de cobrar el paro y quiere saber si puede tener derecho a más ayuda.

Trabajadores que, al producirse la situación legal de desempleo, no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva.


REQUSITOS

- Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
- Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de 15 días desde la situación legal de desempleo y suscribir el - - - Compromiso de Actividad.
- Tener cotizados, en un régimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia de desempleo, al menos 3 meses si tiene responsabilidades familiares, o 6 meses si no las tiene, y no tener cubierto el período mínimo de cotización de 360 días para tener derecho a una prestación contributiva.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extraordinarias.
- Si el trabajador tuviera derecho al "Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.

En caso de que haya realizado trabajos a tiempo parcial, deberá aportar los contratos en los que se refleje el número de días de trabajo a la semana.

A tener en cuenta:
Si interrumpió el cobro de una prestación contributiva para trabajar este último periodo de menos de 360 días, debe solicitar la reanudación de dicha prestación.

Si interrumpió un subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses tendrá que reanudar dicho subsidio pero si no es la primera vez que suspende el subsidio
DURACIÓN

Está en función del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares:

En el caso de que el trabajador tenga responsabilidades familiares:
3, 4 o 5 meses, si se han cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente. 21 meses, si se han cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, prorrogables por iguales períodos hasta su duración final).
En el caso de que el trabajador no tenga responsabilidades familiares, 6 meses si se han cotizado 6 o más meses.
La duración del subsidio, en el caso de trabajadores fijos discontinuos, será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

Las cotizaciones que sirvieron para el nacimiento de este subsidio no podrán ser tenidas en cuenta, en una situación legal de desempleo posterior, para el reconocimiento de un nuevo derecho a prestación de nivel contributivo o asistencial.

CUANTÍA
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 413,52 euros/mes para el año 2008 y 421,79 euros/mes en 2009.

En el caso de que el trabajo que pierde fuera a tiempo parcial y para los subsidios nacidos antes del 24 de marzo de 2007, la cuantía del subsidio se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que hubiera efectuado y la base de la cotización a la Seguridad Social estará en la misma proporción.

En aquellos subsidios nacidos a partir del 24 de marzo de 2007, la cuantía del derecho será del 80% del IPREM mensual vigente en cada momento, sin reducción en proporción a las horas previamente trabajadas, y la cotización a la Seguridad Social tendrá como base el tope mínimo de cotización, también vigente en cada momento y sin reducción.

La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia. A los trabajadores fijos discontinuos mayores de 52 años se les cotiza también por jubilación desde el 1 de enero de 2006.
Con independencia de lo anterior, al trabajador fijo discontinuo que ha acreditado un período de ocupación cotizada de ciento ochenta o más días para acceder al subsidio, se le cotiza por jubilación durante sesenta días, a partir de la fecha que nazca el derecho al subsidio por desempleo.

Para determinar la cotización a la Seguridad Social se tomará como base el tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

CONTENIDO

El beneficiario de subsidio por desempleo tiene derecho a acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión, inserción profesional y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable.

SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

La solicitud se formalizará en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo.

La documentación que se debe aportar es la siguiente:

Modelo oficial de solicitud.

El impreso incorpora la declaración de rentas del solicitante y de los familiares que convivan con él o estén a su cargo, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
Documentos de identificación del solicitante y de los hijos que conviven con él o estén a su cargo y que figuren en la solicitud. (Solamente será necesario mostrar los documentos para verificar la identidad):

Documento Nacional de Identidad (DNI)/Tarjeta de identidad de extranjero.
Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.
Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo.
Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, documento acreditativo que la acredite.

Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de las rentas.

VIA/ inem.es

sábado, 10 de enero de 2009

¿Y tu, Ya tienes tu ID CAT?

El certificado digital de la Agencia Catalana de Certificación puede simplificarte muchos tramites ante la Administración pública y todo desde la comodidad de tu ordenador, yo ya solicité el mío ¿y tú a que esperas?

Aqui os traigo algo de la información que encontraréis en su web.

¿Qué es Identidad digital?

El idCAT es un identificador digital que garantiza la identidad de las personas en Internet.

¿Y tu, Ya tienes tu ID CAT?

Permite operar con diferentes administraciones y, además, asegura la integridad de los datos que envíe, así como su confidencialidad, ya que está emitido por la Agència Catalana de Certificació - CATCert.

También permite hacer otras operaciones, como por ejemplo firmar correos, documentos electrónicos y formularios web. Sin la firma electrónica los trámites por correo electrónico no tienen validez, ya que la red no ofrece el nivel de seguridad necesario para garantizar sus datos.

Existen dos maneras de obtener el idCAT:

Opción A:

1. A través de la web de la Agència Catalana de Certificació se puede acceder a la página de solicitud www.idcat.net, desde el punto 1-Solicitud. En esta página encontrarán un formulario que les permitirá introducir los datos necesarios para obtener la identidad digital: nombre, apellidos, documento acreditativo, correo electrónico, etc. Una vez introducidos los datos se almacena la petición para poder ser validada.

2. Al finalizar el paso 1, y teniendo en cuenta el código postal del solicitante, la aplicación le informará de las diferentes oficinas donde podrá identificarse personalmente con el documento de identidad.

3. El ciudadano o ciudadana deberá ir a cualquiera de las entidades de registro que el sistema le haya mostrado y, una vez validada su identidad, se generará automáticamente el certificado digital, en clauer idCAT o en software según en qué entidad de registro se haya hecho la validación.

4. Sólo en caso que su idCAT NO haya estado generado en un clauer idCAT, finalmente se podrá instalar el idCAT desde el mismo ordenador donde se hizo la solicitud, a través de la opción 3. Instalación del menú de la web www.idcat.net.

Debe tener en cuenta que sólo podrá instalar el certificado en el ordenador desde el que hizo su solicitud.

Opció B:

1. El ciudadano también tiene una segunda forma de obtener su idCAT: personándose directamente en cualquiera de las entidades de registro de CATCert (que podrán ser consultadas desde la web www.idcat.net), donde los operadores podrán realizar una prevalidación de sus datos.

2. El operador introducirá los datos del ciudadano, y este último, en caso que la entidad de registro NO entregue los certificados en un clauer idCAT, deberá introducir un código alfanumérico de 4 dígitos que le permitirá autenticarse a la hora de realizar la instalación del certificado. El operador entregará al ciudadano un documento de comparecencia donde consta la clave de paso generada automáticamente útil para realizar la instalación en caso de idCAT generado en software.

3. Estos dos últimos pasos sólo serán necesarios en caso de certificado generado en software, en el que el ciudadano puede instalarse su idCAT, desde la opción Prevalidación dentro del apartado 3. Instalación, desde cualquier ordenador. El ciudadano se identificará con su documento de identidad (NIF o NIE), la clave de paso automática que el sistema ha generado al realizar la prevalidación y el código alfanumèrico que ha introducido en la entidad de registro.

4. Una vez introducidos estos datos, se genera el certificado digital y se realiza la instalación.

Para qué os sirve - Usos para el ciudadano

El idCAT lo emite la Agència Catalana de Certificació. Permite operar con diferentes administraciones y asegura la integridad y la confidencialidad de las transacciones electrónicas que enviéis por Internet.

Con el identificador digital idCAT puede firmar correos y documentos electrónicos y hacer operaciones con ellos. De esta manera los trámites por estas vías pueden tenir validez oficial, cosa que sin el idCAT no sería posible.

VIA/ foto - idcat.net

sábado, 3 de enero de 2009

Voluntariado para la Inmigración: Proyecto una Mano Amiga

Existe una particularidad en las manos: si bien estas son opuestas, unidas pueden hacer cosas maravillosas.

Extracto de la entrevista a Susana Macías, responsable del proyecto ¨una mano amiga" desarrollado por la Asociación Nueva Acrópolis en Barcelona.

Voluntario para la Inmigración: Proyecto una Mano Amiga

¿Por qué una mano amiga?

Hemos llamado “una mano amiga” a este proyecto por este sentido de ayuda solidaria y colaboración. Una mano que se extiende a todo el que necesite una ayuda, y dirigida, en especial, a un colectivo minoritario que toma mayor protagonismo: los inmigrantes.

¿Cuál es el análisis del entorno para desarrollar este proyecto?

La inmigración, como fenómeno social y humano, alcanza a la mayoría de los llamados países desarrollados. España ha experimentado en los últimos años un incremento considerable del número de inmigrantes de diversas procedencias, que buscan alcanzar un nivel de vida mejor que el que tenían en sus países de origen. En España, Cataluña, y especialmente la provincia de Barcelona, se ha convertido en uno de los destinos elegidos por este colectivo.

Al llegar a Barcelona, los inmigrantes tienen que enfrentar la no fácil tarea de su adaptación e integración sociocultural a su nuevo hogar: nueva cultura, nuevos valores, nuevas formas de trabajo y vida urbana, aceptación y conocimiento de las normas e instituciones, etc.

Nuestra institución ha experimentado directamente este fenómeno y es testigo del proceso, ya que en los últimos años se han ido sumando como socios y socias personas de origen comunitario y extracomunitario, que conformamos un conglomerado humano de más de 15 nacionalidades.

¿Cuales son las necesidades detectadas?

El hecho de reunir colaboradores inmigrantes en el seno de nuestra propia institución nos motiva aún más a llevar a cabo este proyecto y nos ha permitido identificar las siguientes necesidades que buscamos cubrir:

1.- Adaptación a la cultura, valores y lenguas del lugar. Siendo Cataluña rica en estos aspectos, nos proponemos contribuir en este sentido y potenciar el trabajo que vienen realizando instituciones públicas y privadas con similares objetivos.

2.- Información oportuna para el recién llegado. Muchas deficiencias que se producen en este proceso se deben a una falta de información por parte del inmigrante. En este sentido, nos proponemos actuar como canales abiertos de comunicación e información práctica en temas tan importantes como legislación, salud, vivienda, educación, trabajo, etc., ayudando a superar los primeros momentos en que es de suma importancia tomar buenas decisiones.

¿Qué objetivos se propone alcanzar el proyecto?

Dar formación en cultura, valores, lenguas, etc., a través de talleres impartidos por voluntarios y voluntarias.
Brindar información y asesoría en los temas clave citados: temas básicos de extranjería, vivienda, trabajo, salud, educación.
Ofrecer un lugar de encuentro y acogida que acelere la adaptación al nuevo país, en el marco de nuestra asociación, que promueve actividades y vistas culturales, así como un ambiente de amistad y solidaridad.

¿Quiénes serán los beneficiarios del proyecto?

Directos: inmigrantes recién llegados, especialmente los jóvenes, comunitarios o extracomunitarios. Nuestra asociación está conformada por voluntarios y visitantes de variados países, como Argentina, Perú, Senegal, Bolivia, Ecuador, México, Italia, Rusia, Paraguay…

Indirectos: los voluntarios de Nueva Acrópolis y todos aquellos que quieran colaborar con nosotros en el desarrollo de los objetivos propuestos.

¿Que actividades pensáis desarrollar dentro del proyecto?

Entre las actividades que se vienen desarrollando tenemos:

Talleres de lengua y ortografía catalana y castellana para inmigrantes.
Tablón de anuncios “Una mano amiga”: en este espacio se cuelga información de interés para inmigrantes: noticias de extranjería e inmigración, bolsa de trabajo, oferta de pisos y habitaciones. Se incluye la administración de una red de contactos interna de la institución para las ofertas de trabajo y pisos/habitaciones, así como oferta de muebles o útiles de segunda mano. La información se actualiza semanalmente.
Talleres y charlas: organizados por voluntarios sobre temas de interés para el inmigrante, como vivienda, trabajo, salud, educación, temas legales, etc., en coordinación con profesionales voluntarios con experiencia en estos temas o instituciones relacionadas.
Rastrillo de las hadas: mercadillo de ropa de segunda mano y objetos usados. Los fondos que se recaudan se destinan a proyectos sociales y culturales.
Difusión de nuestras actividades a través de webs amigas.

¿Cuenta el proyecto con alguna subvención pública?

El proyecto cuenta con la subvención de la Secretaria de Inmigración de la Generalitat de Catalunya

¿Dónde se puede solicitar mayor información para participar como voluntario o ser beneficiario?

Podéis visitar nuestra web http://www.nova-acropolis.org o en el teléfono: 93 318 82 09