sábado, 20 de febrero de 2010

La Actalidad en GENCAT - Nueva Oficina Virtual de Tramites

Por primera vez, se agrupa en un único sitio web más de 1.000 trámites dirigidos tanto a la ciudadanía como a las empresas

La Generalitat de Cataluña ha puesto en marcha la Oficina Virtual de Trámites (OVT), un portal que, por primera vez, agrupa en un único sitio web los más de 1.000 trámites que la ciudadanía y las empresas pueden hacer a través de la Generalitat. De entre estos trámites, 160 se pueden ejecutar totalmente desde el portal, una cifra que se irá incrementando en el futuro.


Ejemplos de trámites que se pueden hacer en línea en el propio portal son las solicitudes del título de familia numerosa, de la reducción del canon del agua o de la cédula de habitabilidad, así como la inscripción a determinadas pruebas educativas para la obtención de los títulos correspondientes.

Para empresas, entre otros, destacan el aviso previo de obras, la comunicación de accidentes de trabajo con baja médica o la suscripción en los avisos de nuevas licitaciones de proyectos de la Administración pública.

Ventajas del OVT:

Más accesible: Con este nuevo sistema, la ciudadanía puede localizar de manera más sencilla los trámites de la Generalitat, que hasta ahora estaban dispersos en diversas webs y plataformas.

Administraciones interconectadas: El portal de la OVT enlaza con los trámites municipales y estatales a través de buscas conjuntas en la Administración abierta de Cataluña (AOC) y la web del 060 respectivamente. De esta manera, el ciudadano puede acceder a cualquier trámite sin necesidad de saber qué administración es responsable. A través del portal sólo se pueden ejecutar los propios de la Generalitat. Cada administración es responsable de sus competencias, pero se trabaja en red para facilitar las gestiones a los ciudadanos. En este sentido, la Generalitat promueve la interconexión entre los teléfonos municipales 010 y el 012, una coordinación que ya está implantada en Girona y en fase de pruebas en Barcelona y Terrassa.

Más eficiente: Si se hace el trámite a través de la OVT, la ciudadanía se ahorra la entrega de determinada documentación y también tiempo de ejecución, ya que se han eliminado pasos que no aportan valor.

Más transparente y personalizado: Otra de las novedades que ofrece el portal es la carpeta personal de trámites, donde el ciudadano puede encontrar los datos de todas las gestiones efectuados -en esta primera fase este servicio está disponible para unos 140 trámites-, y el estado en que se encuentran.

La OVT es fruto de la apuesta por la simplificación y la agilización de los trámites administrativos, como una manera de hacer más competitivas a las empresas catalanas, indicado en el Acuerdo Estratégico 2008-2011 para la internacionalización, la calidad de la ocupación y la competitividad de la economía catalana.

Oficina Virtual de Trámites (OVT):
http://www20.gencat.cat/portal/site/OVT?newLang=es_ES

Más información:

Dossier de prensa sobre la OVT (1,1MB):
http://www10.gencat.cat/gencat/binaris/20100111_OVT_cs_tcm33-114360.pdf

Vídeo íntegro de la presentación de la OVT:
http://premsa.gencat.cat/pres_fsvp/0/home.html

Tema relacionado: Administración pública

VIA: gentcat.cat

jueves, 4 de febrero de 2010

Modificaciones Importantes en Torno a la Renovación de Autorizaciones de Residencia y Trabajo

Equipo Migrar.org (28/01/2010)

En los últimos meses se han producido varios cambios que afectan a uno de los trámites más importantes para personas inmigrantes residentes: la renovación de la autorización de residencia y/o de la autorización de trabajo


A continuación, se expondrán las novedades que se han producido para renovar la autorización de residencia y las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia.

RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA

a) A partir de ahora, para renovar la autorización de residencia se valorará el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de seguridad social.

Es decir, que las deudas en materia tributaria (por impago de impuestos, tasas, multas, etc.) o de seguridad social podrían dar lugar a que se denegase la renovación.


b) Para renovar la autorización de residencia, se valorará también el esfuerzo de integración del extranjero, que se acreditará mediante informe positivo de la Comunidad Autónoma que acredita la asistencia a las acciones formativas para el conocimiento y respeto de los valores constitucionales y estatutarios de España, los valores de la Unión Europea, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres..

c) Los extranjeros residentes que tengan en España menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria, deberán acreditar dicha escolarización, mediante informe emitido por las autoridades autonómicas competentes, en las solicitudes de renovación de su autorización o en su solicitud de residencia de larga duración.
Por tanto, el hecho de que un menor en edad escolar no esté escolarizado podría también provocar la denegación de la renovación de una autorización de residencia o incluso la no concesión de la residencia de larga duración.

d) Se suprime la posibilidad de valorar las circunstancias del interesado en caso de haber cumplido la condena, aunque sí se valorará el haber sido indultado, encontrarse en situación de remisión condicional de la pena, o la suspensión de la pena privativa de libertad.

VIA - MIGRAR.ORG