Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o impuntualidad; aunque estás tengan causa en una baja médica el trabajador deberá comunicar a la empresa dicha situación mediante el oportuno parte de baja. En la carta de despido deben constar de forma precisa los días u horas en las que el trabajador no acudió o acudió tarde a su puesto de trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo; de forma muy excepcional el trabajador podrá negarse a cumplir una orden dada por el empresario o superior jerárquico o abandonar el puesto de trabajo siempre y cuando exista un riesgo grave, inminente e inevitable para su vida o su salud. En el resto de las ocasiones, el trabajador está obligado a cumplir las órdenes que le dé el empresario, sin perjuicio de que tras acatar la orden, pueda iniciar las acciones legales pertinentes si considera que la directriz recibida era inadecuada.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario, compañeros de trabajo o a sus familiares; la celebración de un contrato de trabajo no implica en modo alguno la privación para el trabajador de los derechos que la Constitución le reconoce, y entre ellos, el derecho a la libertad de expresión, si bien, el contrato laboral genera derechos y obligaciones recíprocas que condiciona el ejercicio de dicho derecho fundamental y que implican que las partes deban guardarse el debido respeto.
- La trasgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo; dentro de esta causa de despido suelen incluirse los comportamientos en los que un trabajador crea una empresa paralela, roba clientes o realiza un uso desmesurado de los elementos de trabajo, tales como fotocopiadora o teléfono de la empresa.
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado; para alegar dicha causa es necesario que existan datos fiables que acrediten que el rendimiento exigido, y que no alcanza el trabajador, es normal, es decir alcanzable por cualquier trabajador capaz en rendimiento ordinario y que este descenso en el rendimiento lo realiza el trabajador de forma culpable.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercute negativamente en el trabajo. A estos efectos es importante que la empresa demuestre que los problemas del trabajador están afectando negativamente a su prestación de servicios, puesto que, de no ser así, el despido será considerado improcedente.
VIA-asnala.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario