sábado, 18 de abril de 2009

¿Quién Debe Presentar la Declaración de la Renta?

¿Estamos obligados a solicitar el borrador de la renta? ¿Cuál es el límite?

Todos los años por estas fechas llega el momento de presentar la declaración de la renta, un trámite algo molesto y en muchos casos costoso para los contribuyentes.

Sin embargo, hay muchas personas que no saben si deben o no hacer la declaración. Muchas veces están obligados y muchas otras es recomendable ya que les podrían devolver dinero.

¿Quién Debe Presentar la Declaración de la Renta?

Por ello, lo primero e imprescindible es que todo contribuyente pregunte si está obligado a declarar el IRPF. O bien a través de la web oficial de hacienda o desplazándose a la delegación más cercana.

Hay que saber que existen varias excepciones por las que no es necesario presentarla y que por ello no se incumple la ley. Todo dependerá de los ingresos, deducciones y su procedencia anual, en este caso, al ejercicio correspondiente al año 2008.

Así pues, hay que saber que las devoluciones estarán aseguradas en los siguientes casos: la compra de una vivienda, el alquiler de un inmueble, una cuenta ahorro-empresa o que hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible. Atención, también se harán deducciones por maternidad o adopción.

De la declaración del IRPF pueden salir dos supuestos al confirmar el borrador. Por un lado que resulte negativo, recibir una devolución de dinero por parte de la Agencia Tributaria; o positivo, es decir, a pagar.

¿Y quiénes se libran de este trámite?
Los contribuyentes que hayan recibido durante 2008 rentas inferiores a los 22.000 euros brutos de un solo pagador.

En caso de que conste más de un pagador se contará la suma de las cantidades percibidas del segundo y no podrá superar los 1.500 euros.

Esto es muy importante, porque quiere decir que prácticamente la mayoría de los pluriempledos deberán confirmar el borrador del IRPF. No obstante, lo más probable es que el resultado de éste sea positivo y tengan que pagar.

Si se supera esa cantidad los ingresos totales por el rendimiento de trabajo deberán ser inferiores a los 10.000 euros. Por ejemplo, una persona que haya cambiado de empresa a lo largo del año, aunque no supere la renta de los 22.000 euros anuales, estará casi al 100 por cien obligada a declarar.

VIA - yahoo finanzas

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